Alegaciones a la creación de la Reserva Marina de Interés Pesquero en Conil-Sancti Petri.

Alegaciones a la creación de la Reserva Marina de Interés Pesquero en Conil-Sancti Petri.

NOTIFICACIÓN EXTERNA

ALEGACIONES APRA al Cuestionario: Proyecto de Orden por la que se establece la reserva marina de interés pesquero en Conil, y se definen su delimitación, zonas y usos.

En primer lugar, citaremos dos artículos de la Constitución Española:

Artículo 45 Constitución Española:

Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.

Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.

Artículo 105 Constitución Española. – La Ley regulará:

a) La audiencia de los ciudadanos, directamente o a través de las organizaciones y asociaciones reconocidas, por la Ley, en el procedimiento de elaboración de las disposiciones administrativas que les afecten.

En virtud de dichos artículos, la Asociación de Pescadores Recreativos de Andalucía (APRA) presenta las siguientes ALEGACIONES:

Asociación de Pesca Responsable Al-Andalus, es una organización social y de derecho, sin ánimo de lucro, que tiene como objetivo la defensa del sector de la pesca marítima de recreo en Andalucía.

Está comprometida en defender la práctica de una pesca responsable, en la difusión de su código de conducta, basado en el respeto al medio ambiente marino y en la sostenibilidad de sus recursos pesqueros.

Está constituida en Andalucía en 2008, integrada en la Alianza de Pesca Española Recreativa Sostenible (APERS)) a nivel estatal y dentro de ella con la European Anglers Alliance (EAA). Somos miembro permanente de RED Pesquera Marítima Recreativa., integrada por grupos interdisciplinares de varios países

Datos de interés social, que solo en la Andalucía sin contar las de aquellos que nos visitan y no tienen la licencia de Andalucía. En nuestra comunidad tenemos 182.419 licencia de tipo 1, de tipo 2 83.868 y de tipo 4 3139 solo en la provincia de Cádiz 48.029 de tipo 1, de tipo 2 30.229 y de tipo 4 956 (fuente OESA-Fundación Biodiversidad-2019).

Debemos recordar que el recurso pesquero es de propiedad pública, por ello el acceso al mismo debe estar al alcance de todos; profesionales, artesanales, recreativos de manera REGULADA y CONTROLADA.

La pesca recreativa es una actividad ejercida desde tiempo inmemorial por pescadores en nuestras costas.

Nuestra Asociación ( APRA ) ha promovido, financiado y realizado, las siguientes investigaciones, que por supuesto están a disposición de las distintas Administraciones.

– “LA PESCA RECREATIVA en la RESERVA MARINA de CABO de GATA- NÍJAR” (Almería). Realizada por la empresa Pélagos Investigación.

Para su ejecución dicha Empresa contó con la colaboración de la Secretaría General de Pesca (SGP) y dispusieron de los siguientes datos e informaciones:

• Características de la flota pesquera (Fuente APRA)

• Encuestas a los pescadores (Fuente PÉLAGOS)

• Partes diarios de capturas cumplimentados por los pescadores recreativos (Fuente ALEGACIONES APRASGP)

• Partes de Avistamiento del Sistema de Vigilancia de la RMCG (Fuente SGP)

• Estudios previos de la zona, realizados por el Instituto Español de Oceanografía (IEO) , en colaboración con la SGP (Fuente Proyecto PARCEA)

• “Seguimiento de las Pesquerías Artesanales y Recreativas en la Reserva Marina de Cabo de Gata”

Igualmente, APRA ha promovido, financiado y realizado el siguiente informe:

“La REPRODUCCIÓN DEL GALÁN ( Xyrichthys Novacula ) en la RESERVA MARINA DE CABO DE GATA-Níjar” (Almería)Realizado por la misma empresa Pélagos Investigación con la participación del Instituto Español de Oceanografía (IEO ) y la Secretaría General de Pesca ( SGP).

También ha participado APRA en:

“Estudio Socioeconómico Ambiental y Legislativo sobre la Pesca Marítima en el Litoral Español”.

La administración nos dice que, todos aquellos que quieran mandar sus comentarios a esto:

Proyecto de Orden por la que se establece la reserva marina de interés pesquero de Conil, y se define su delimitación, zonas y usos.

“El artículo 14 de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, modificada por la Ley 33/2014, de 26 de diciembre, regula la figura de protección de las reservas marinas, estableciéndose en el artículo 13 de la ley que las reservas marinas se declararán por parte del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a través de una orden ministerial.

Antecedentes de la norma

Las reservas marinas son espacios protegidos por la legislación pesquera, cuyo objetivo principal es la regeneración del recurso pesquero y el mantenimiento de las pesquerías artesanales tradicionales de la zona. El establecimiento de una reserva marina en la zona comprendida entre Sancti Petri y Cabo de Trafalgar permitiría dotar a la zona de unas medidas de protección orientadas a la realización de pesquerías sostenibles que permitan el mantenimiento y la regeneración de los recursos pesqueros, así como favorecer la práctica de otras actividades compatibles con la figura de protección pesquera, de forma que se favorezca también socioeconómicamente a los usuarios de esta zona.

Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma:

Regulación de la actividad pesquera para evitar la sobrepesca. Existe, además, una demanda social para la creación de esta reserva marina.

Necesidad y oportunidad de su aprobación:

Se hace necesario aprobar una norma que regule el establecimiento de la Reserva Marina.

Objetivos de la norma:

Establecer esta reserva marina de interés pesquero para dotar a la zona de un régimen de protección que garantice la conservación y regeneración de los recursos pesqueros de la zona y de los hábitats y especies que contiene, en beneficio no sólo de la pesca artesanal, sino de otras actividades que también se realizan con criterios de sostenibilidad y responsabilidad en sus aguas.

Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias:

Plan de gestión de pesquerías para los caladeros de la zona

CONCLUSIONES

Esto es lo que conocemos, un escueto comunicado, de una aprobación para dar legalidad, pero no legitimidad a esta Reserva.

-No conocemos los estudios realizados en la zona, por quién y cómo.

-Tampoco conocemos datos históricos de pesca que lo avalen.

-Tampoco el calado social a esta demanda.

-Tampoco la regulación de actividades

-Tampoco los planes de gestión de Ciencia Ciudadana

Solo nos dicen que esta en el apartado de Participación Publica.

¿Este es el mejor modelo de gestión de lo público RMIP, o se puede realizar de otro modo?

PROPUESTAS PARA UN DESARROLLO SOSTENIBLE DE MARES Y COSTAS.

CRECIMIENTO AZUL

El origen del crecimiento azul data de la “CONFERENCIA RIO + 20 DE 2012” dirigido a proyectar un modelo económico que sirva para utilizar el gran potencial de mares y costas.

Considerar los recursos marinos y litorales como el capital natural sobre el que sustenta el crecimiento económico y el desarrollo social.

Uno de los aspectos que impulsa el nuevo modelo es, el uso y gestión de los recursos que tienen la condición de Bienes Públicos (gratuitos y de libre explotación). El Estado puede regular y controlar el acceso a los mismos. Sin embargo el modelo de” Crecimiento Azul” establece que se gestionen conjuntamente con los agentes implicados.

La Unión Europea (UE) impulsora de este tipo de desarrollo ha aprobado un modelo de “Gestión Integrada de las Zonas Costeras”.

En el mismo se contemplan algunos aspectos novedosos:

• La ordenación, planificación y gestión de las diferentes actividades a desarrollar, se lleven a cabo, teniendo en cuenta la opinión y el apoyo de todos los actores que intervienen en el desarrollo.

• Que el estado de los distintos países europeos establezca unidades de nivel de ministerio o de Secretaría de Estado, que aglutinen las políticas y las gestiones de los recursos del Mar y de sus costas.

• Estas líneas de actuación recibieron un fuerte respaldo por parte de las Instituciones Europeas a través del:” Libro Verde sobre la Futura Política Marítima de la Unión Europea. Oportunidades Para un Crecimiento Marino y Marítimo Sostenible”. En el mismo se indica que: “Para gestionar de forma adecuada los usos concurrentes del espacio marítimo costero (económico, medio ambientales, culturales, etc.) han de realizarse acciones tendentes a:

• Reducir la competencia entre las diferentes actividades.

• Establecer mecanismos de resolución de conflictos.

• Aplicar criterios de buena gobernanza y co-gestion. (Ciencia Ciudadana).

Bajo este aspecto la actividad pesquera (profesional, artesanal, recreativa y deportiva) constituyen elementos clave para el “Crecimiento Azul”: Los pescadores han participado en el desgaste de los recursos y como conocedores del medio, deben ser los principales interesados en conservar los mares como recurso de largo plazo sobre el cual fundar la” Economía Futura”.

Para lo cual se necesita avanzar en el conocimiento de los servicios y funciones de los ecosistemas marinos y costeros:

• La regulación del clima.

• El Ciclo del agua.

• El secuestro del CO2

• La provisión de recursos.

• Soportes de actividades.

• Tratamiento de residuos.

• Conservación de especies.

• Efectos en los recursos pesqueros del cambio climático.

• ¿Qué recursos pesqueros están en riesgo de contaminación y sobreexplotación?

Para ello es necesario potenciar la investigación aplicada en materia pesquera, creando o dotando de recursos humanos, técnicos y financieros al Instituto Español de Oceanografía (IEO). Organismo que debería estar presente en el Plan de Desarrollo, para llevar a cabo las acciones de investigación necesarias.

A continuación, citaremos algunas de las propuestas contempladas por la Unión Europea en el “Crecimiento Azul”:

• Pesca extractiva.

• La energía azul.

• El turismo marítimo.

• Los recursos minerales marinos.

• La biotecnología azul.

• La valorización de las capturas accesorias de la pesca.

• La acuicultura multitrófica integrada.

• La reutilización de materiales y residuos de las actividades pesqueras.

• La obtención de biocombustibles a partir del cultivo de microalgas. etc….

¿Cómo se puede administrar, sin el administrado? Formamos parte del sector extractivo.

Para finalizar:

“La pesca marítima de recreo, es una actividad sostenible y sostenida, lúdica desarrollada en un medio natural, como es el medio marino. Esta actividad constituye en sí misma, también, una fuente de actividad económica, generadora directa e indirecta de importantísimos flujos económicos, a pesar de que estos no se obtienen de la venta del producto pesquero, sino que resultan de la práctica de la propia actividad. Con la utilización del arte y forma más selectivo conocido, caña y anzuelo.”

Nuestra propuesta

Por todo lo expuesto anteriormente, pedimos que se nos tengan en cuenta para el desarrollo de la pesca en estas aguas, para poder aportar conocimientos y ser considerados siempre, parte importante a tener en cuenta en las gestiones de los recursos pesqueras. “Pesca recreativa” y se nos envíen documentos y regulaciones previstas en la zona que avalan la creación de esta RMIP.

Después de todo lo expuesto anteriormente desde la Asociación APRA esperamos que se nos mande toda la documentación para poder mandar nuestras propuestas de gestión si procede.

Y, por último, ponernos a disposición de las Administraciones competentes para todo aquello que puedan necesitarnos.

Sin otro particular que comunicarle, esperamos sus noticias.

Reciba un cordial saludo.

En Garrucha a 15 de Marzo 2021